miércoles, 30 de marzo de 2011

LA PRONTA BEATIFICACION DE JUAN PABLO II

Karol Wojtyła nació el 18 de mayo de 1920 en Wadowice, un pueblo de Polonia cercano a Cracovia. Desde muy niño sintió ese llamado del Señor para  el servicio de Sacerdote. Después de 27 años largos de pontificado, el Papa peregrino regresa a la casa del Padre, el día 2 de abril del 2005.
El 13 de mayo de 2005, el Cardenal Camillo Ruini, Vicario para la ciudad de Roma, dio formalmente por iniciado el proceso de beatificación de Juan Pablo II; para ello, Benedicto XVI concedió el 28 de abril dispensa del plazo de cinco años de espera después de la muerte requerido por el derecho canónico para iniciar el proceso de beatificación, de modo similar a como hizo el mismo Juan Pablo II con el proceso de beatificación de la Madre Teresa de Calcuta.
El 2 de abril de 2007, dos años después de su muerte, concluyó la fase diocesana del proceso de beatificación, reuniéndose todos los testimonios sobre su vida y los presuntos milagros, destacándose el de la monja francesa Marie Simon Pierre, quien asegura que se curó de la enfermedad de Parkinson gracias a la intercesión del Pontífice, que había fallecido dos meses antes.
En una misa que se celebró en la Plaza de San Pedro el mismo día, el Papa Benedicto XVI aseguró que el proceso avanza "con rapidez" En tal fecha, finalizada la primera fase de su proceso de canonización, le fue concedido el título de Siervo de Dios.
El 19 de diciembre de 2009, Benedicto XVI lo declaró Venerable. Un milagro atribuido a su intercesión fue analizado y considerado inexplicable según la ciencia, por lo que tras diversas reuniones el Papa Benedicto XVI autorizó la beatificación de Juan Pablo II en enero de 2011.La ceremonia de beatificación está programada para el 1 de mayo de 2011.
A principio de 2011, P. Federico Lombardi, Portavoz de la Casa Pontificia, anunció la fecha de la beatificación y el traslado de sus restos mortales, que hasta entonces se encontraban en la cripta vaticana, hasta la capilla de San Sebastián de la Basílica de San Pedro, contigua a la de La Piedad de Miguel Ángel, en donde podrá ser venerado con culto público por fieles y peregrinos, de manera similar como se hizo con Juan XXIII, preparando la capilla para allí ser expuesto, cubriendo su cara con una máscara dejando el resto del cuerpo perfectamente visible, con vestiduras pontificias.
Este proceso de beatificación ha sido catalogado como el más corto de la historia de la Iglesia Católica, ya que duró seis años y 30 días, superando en un mes el proceso de beatificación de Teresa de Calcuta. A pesar de ello, y según las declaraciones de Lombardi, el proceso se han hecho de manera minuciosa, con completos estudios sobre el milagro de la curación de Sor Marie Simon, así como al resto de su vida, declarando según el decreto papal a Juan Pablo II como digno de veneración por un sacerdocio limpio e intachable y una vida ejemplar y digna de admiración cristiana.

martes, 29 de marzo de 2011

Candidatos en norte del Perú firman declaracion pro- vida y pro- familia

Los candidatos al Congreso Nacional en representación de la región Lambayeque (Perú), firmaron el
domingo la Declaración de Lambayeque, en la que se comprometen a defender la  vida, la familia y lograr el desarrollo integral de la población.

La  firma fue el punto final del Gran Debate Electoral de candidatos al Congreso por  la Región Lambayeque, organizado por la Universidad Católica Santo Toribio de  Mogrovejo (USAT), y al que asistieron los representantes de diez partidos  políticos, con excepción del Partido Gana Perú, del candidato  presidencial Ollanta Humala.

En el documento, los candidatos congresales  de Alianza por el Gran Cambio, Perú Posible, Fuerza 2011, Solidaridad Nacional, entre otros, se comprometieron a proteger "el derecho a la vida desde la
concepción hasta la muerte natural" y respetar la familia "como institución  natural fundada en el matrimonio".

También a "promover en leyes concretas  y políticas públicas la perspectiva de familia, que considere a esta como  sujeto social, y a partir de ello, reconocer el derecho de la familia en el
derecho-deber de educar a los hijos".

La Declaración de Lambayeque además  contempla la lucha contra la corrupción, el desarrollo económico y social y la mejora educativa.

El 10 de abril se realizarán en Perú las elecciones  generales para elegir Presidente, congresistas y representantes al Parlamento  Andino. De las 130 curules del Congreso Nacional, cinco corresponden a  Lambayeque.

El texto de la Declaración de Lambayeque está en: http://www.usat.edu.pe/usat/files/2011/03/acta.pdf 
CHICLAYO 

miércoles, 23 de marzo de 2011

QUÉ ES EL PARLAMENTO ANDINO?

QUÉ ES EL PARLAMENTO ANDINO?
Es el órgano deliberante del Sistema Andino de Integración. Su naturaleza es comunitaria y representa a los pueblos de la Comunidad Andina
¿CÓMO SE ELIGE A SUS REPRESENTANTES?
El Protocolo de Trujillo, aprobado el 10 de marzo de 1996, dispuso la elección de sus representantes por sufragio universal y directo, dentro de un plazo de cinco años.
Los representantes del Parlamento Andino, son elegidos en cada país miembro en la fecha en se efectúan elecciones legislativas u otras generales, pudiendo ser comicios especiales, de conformidad con su propia legislación.
Actualmente el Parlamento Andino, está desarrollando el proceso de elecciones directas de sus representantes, el cual ya fue adelantado en Ecuador y Perú, Colombia los elegirá en el 2011, mediante el voto directo, y Bolivia ya su Constitución lo ha consagrado y es un hecho entonces que sus parlamentarios andinos en las urnas por el pueblo.
Beneficios Directos de estas elecciones
  • Creación de puestos de trabajo, gracias a los proyectos sociales comunitarios que han sido elaborados por el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina.
  • Erradicación del trabajo infantil y protección a los trabajadores adolescentes para asegurar el bienestar de nuestra infancia, a través del fortalecimiento de políticas sociales públicas que se llevarán a cabo con la implementación del Plan Integrado de Desarrollo Social, que ha sido creado por el Consejo Presidencial Andino.
  • Mejora de la educación mediante el otorgamiento de subsidios y becas, así como la convalidación de estudios universitarios entre los países andinos, gracias a la adopción de un conjunto de lineamientos y principios ( Decisión 439 de la Comunidad Andina, 1998) que permitirán una mayor armonización y reconocimiento de los currículos de estudios superiores y profesionales en los países de la Comunidad Andina, que aseguren y hagan efectivo el Derecho a la educación universal, gratuita y de calidad.
  • Aumento de las exportaciones e importaciones intracomunitarias que permiten un mayor crecimiento económico de cada país andino, y a la vez de toda la Comunidad Andina.
  • Mayor legitimidad para representar no sólo los intereses de cada nación, sino de todos los países andinos, gracias a la armonización de las leyes y normas nacionales con las de los demás países miembros.
¿CUANTOS MIEMBROS LO INTEGRAN?
El Parlamento Andino está constituido por cinco representantes titulares por cada país miembro de la Comunidad Andina. Lo cual da un total de 20 parlamentarios. El Protocolo Adicional dispone que cada representante titular tenga dos representantes alternos que lo suplirán en caso de ausencia temporal o vacancia. Antes del retiro de Venezuela de la CAN, la cantidad de parlamentarios eran 25.
¿QUÉ PRERROGATIVAS TIENEN LOS REPRESENTANTES?
Si entendemos prerrogativas como requisitos, impedimentos e incompatibilidades, los Parlamentarios Andinos tienen las mismas prerrogativas y los mismos impedimentos e incompatibilidades que tienen los Congresistas de los países miembros.
Objetivos
El Parlamento Andino, en cumplimiento de sus objetivos, debe promover la participación de los pueblos como actores directos del Proceso de Integración latinoamericano; sin descuidar el afianzamiento del sistema democrático, de la paz y la justicia internacional y el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos.
Los objetivos que promueve el Parlamento Andino son los siguientes:
  • Incentivar la participación de las naciones y de la ciudadanía.
  • Armonizar las leyes de los países andinos.
  • Proteger los derechos humanos, la justicia social y la democracia.
  • Representar a los pueblos andinos, creando un canal de Participación Ciudadana para asegurar y sustentar el ejercicio de la libertad, la justicia y la democracia entre los países miembros.
  • Armonizar las leyes de los países andinos, para obtener mayores beneficios para sus pueblos.
  • Promover y Orientar a los pueblos andinos sobre la importancia del proceso de integración subregional andina, con miras a la consolidación de la Integración Latinoamericana.

El Parlamento Andino cumple con las siguientes funciones:
  1. Función Constituyente.- Sugerir las acciones o decisiones necesarias para modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos en relación con los objetivos programáticos y la estructura institucional del Sistema Andino de Integración.
  2. Función Legislativa.- Participar mediante sugerencias en la generación normativa del Proceso Andino de Integración sobre temas de interés común para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, así como promover la armonización de las legislaciones de los países miembros.
  3. Función de Control Político.- Examinar la marcha del proceso requiriendo información periódica a los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, a través del mecanismo del observatorio de integración.
  4. Función Fiscalizadora.- Como Órgano Deliberante, examinar excepcionalmente la conducta de altos funcionarios de los Órganos e Instituciones de la Comunidad Andina por responsabilidades políticas en la marcha del proceso o en el cumplimiento de sus funciones.
  5. Función Electoral.- Elegir a sus dignidades, así como a la de los Órganos Subsidiarios del Parlamento.
  6. Función Administrativa.- Para establecer la organización y funcionamiento del Parlamento Andino y sus órganos.
  7. Función de Control Público.- Para emplazar a cualquier persona natural o jurídica, a efecto de que rinda información oral o escrita sobre hechos relacionados con las indagaciones que una de las Comisiones del Parlamento adelante.
  8. Función de Protocolo.- En la búsqueda de mecanismos de promoción económica, política, cultural, social y deportiva que permitan consolidar el proceso, así como promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los países miembros, Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración y de terceros países en general; y, atender y recibir a Jefes de Estados de los gobiernos de los países miembros y otras altas autoridades que visiten nuestro organismo.